El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, mediante
reciente Auto de 28 de septiembre, anula
la Orden de 15 de junio de 2017 del Departamento de Educación que determina el
porcentaje de alumnado ACNEAE a escolarizar en los centros sostenidos con
fondos públicos, por considerar que no fija la proporción concreta de este tipo
de alumnado entre dichos centros.
En una didáctica
exposición, el Tribunal vuelve a rechazar -y es la cuarta vez- la pretensión
del Departamento de haber cumplido con la ejecución de las sentencias que le
condenan a establecer una distribución equitativa del alumnado ACNEAE, recordando que el porcentaje máximo en el que se empeña
el Departamento y la proporción
concreta que establece la ley “no son
términos de modo alguno asimilables” pues lo que la normativa establece, ante
todo, es el equilibrio de este tipo de alumnado entre todos los centros, para
así lograr la igualdad en la calidad educativa y, en último término, la
cohesión social.
La anulación judicial de una Orden del Gobierno de
Aragón -como en su día se anularon sendas órdenes de escolarización aprobadas
por Gobiernos del Partido Popular y del Partido Socialista-, vuelve a poner de
relieve la confusa y errática política educativa de nuestros gobiernos, más
preocupados, al parecer, por poner la palabra “cumplimiento” en el Boletín
Oficial de Aragón, que por lograr el objetivo de una educación de calidad para
todas las personas.
Asimismo el Tribunal requiere personalmente a la
Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón para que, en
el plazo de un mes, proceda a la ejecución forzosa de la sentencia nº 574 que
da la razón a la AMYPA del colegio Pío XII de Huesca, fijando, como se acordó
en ella, una proporción concreta de alumnos con necesidad específica de apoyo
educativo (ACNEAE) que ha de escolarizarse en cada uno de los colegios públicos
y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón; con recordatorio de
las sanciones en las que puede incurrir en caso de reiterar en su
incumplimiento, e incluso calificando la actitud de la Administración de “temeraria” por el largo tiempo
transcurrido sin que se haya cumplido la sentencia.
No ha entrado el Tribunal a estudiar y actuar sobre
el asunto, planteado también por esta AMYPA,
de la eliminación, sin notificación ni motivación, de 34 ACNEAE de
nuestro centro del sistema GIR, al entender que el conocimiento judicial de ese
asunto, en su caso, corresponde al Juzgado de lo contencioso administrativo de
Huesca. Opción que esta Asociación está considerando.
En cualquier caso, este nuevo pronunciamiento
judicial respalda de nuevo las ideas tantas veces expresadas por esta AMYPA de
que son necesarias medidas decididas para superar la innegable existencia de
centros públicos segregados en Aragón, y de cómo esa circunstancia es el mayor
y más grave problema de nuestra organización educativa, pues la educación de
calidad en igualdad o lo es para todos y todas o simplemente no lo es. No
bastan las buenas intenciones, y no sirve mirar a otra parte en la confianza de
que la satisfacción mayoritaria ante la libre elección de centro acabe por
invisibilizar la cuestión ante la opinión pública.
Las medidas que se apliquen deben perdurar en el
tiempo más allá del color político del gobierno de turno, y en este sentido
apelamos también a la responsabilidad, no sólo del Gobierno actual, que es el
que debe cumplir en esta momento, sino
también del resto de fuerzas políticas y de todos los agentes de la Comunidad
Educativa aragonesa para trabajar conjuntamente por un problema que no puede
esperar más en Aragón. No podemos
permitirnos como sociedad más tiempo en esta situación, porque cada día que
pasa se está renunciando a cambiar para bien el futuro de niños y niñas.
Nuestra AMYPA tiene la mano tendida para trabajar
contra la segregación escolar en Aragón. Esperamos que desde el Departamento se
reflexione sobre los reiterados rechazos judiciales a su postura y, sin negar
que medidas como los convenios con los ayuntamientos para detectar el alumnado ACNEAE
van en el camino correcto, se decida a actuar en el convencimiento de que la
verdadera atención a la diversidad y la igualdad educativa pasa por atender
preferentemente a la distribución equitativa del alumnado ACNEAE, sobre la mal
llamada libertad de elección de centro. Antes, siempre antes, es el derecho a
la educación.
La AMYPA del CEIP Pío XII de Huesca
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