miércoles, 11 de octubre de 2017

EL TSJA VUELVE A PRONUNCIARSE DE MANERA CLARA Y CONTUNDENTE

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, mediante reciente Auto de 28 de septiembre,  anula la Orden de 15 de junio de 2017 del Departamento de Educación que determina el porcentaje de alumnado ACNEAE a escolarizar en los centros sostenidos con fondos públicos, por considerar que no fija la proporción concreta de este tipo de alumnado entre dichos centros.

En una didáctica exposición, el Tribunal vuelve a rechazar -y es la cuarta vez- la pretensión del Departamento de haber cumplido con la ejecución de las sentencias que le condenan a establecer una distribución equitativa del alumnado ACNEAE, recordando que el porcentaje máximo en el que se empeña  el  Departamento y la proporción concreta que establece la ley “no son términos de modo alguno asimilables pues lo que la normativa establece, ante todo, es el equilibrio de este tipo de alumnado entre todos los centros, para así lograr la igualdad en la calidad educativa y, en último término, la cohesión social.

La anulación judicial de una Orden del Gobierno de Aragón -como en su día se anularon sendas órdenes de escolarización aprobadas por Gobiernos del Partido Popular y del Partido Socialista-, vuelve a poner de relieve la confusa y errática política educativa de nuestros gobiernos, más preocupados, al parecer, por poner la palabra “cumplimiento” en el Boletín Oficial de Aragón, que por lograr el objetivo de una educación de calidad para todas las personas.

Asimismo el Tribunal requiere personalmente a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón para que, en el plazo de un mes, proceda a la ejecución forzosa de la sentencia nº 574 que da la razón a la AMYPA del colegio Pío XII de Huesca, fijando, como se acordó en ella, una proporción concreta de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE) que ha de escolarizarse en cada uno de los colegios públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón; con recordatorio de las sanciones en las que puede incurrir en caso de reiterar en su incumplimiento, e incluso calificando la actitud de la Administración de “temeraria” por el largo tiempo transcurrido sin que se haya cumplido la sentencia.

No ha entrado el Tribunal a estudiar y actuar sobre el asunto, planteado también por esta AMYPA,  de la eliminación, sin notificación ni motivación, de 34 ACNEAE de nuestro centro del sistema GIR, al entender que el conocimiento judicial de ese asunto, en su caso, corresponde al Juzgado de lo contencioso administrativo de Huesca. Opción que esta Asociación está considerando.

En cualquier caso, este nuevo pronunciamiento judicial respalda de nuevo las ideas tantas veces expresadas por esta AMYPA de que son necesarias medidas decididas para superar la innegable existencia de centros públicos segregados en Aragón, y de cómo esa circunstancia es el mayor y más grave problema de nuestra organización educativa, pues la educación de calidad en igualdad o lo es para todos y todas o simplemente no lo es. No bastan las buenas intenciones, y no sirve mirar a otra parte en la confianza de que la satisfacción mayoritaria ante la libre elección de centro acabe por invisibilizar la cuestión ante la opinión pública.


Las medidas que se apliquen deben perdurar en el tiempo más allá del color político del gobierno de turno, y en este sentido apelamos también a la responsabilidad, no sólo del Gobierno actual, que es el que debe cumplir en esta momento,  sino también del resto de fuerzas políticas y de todos los agentes de la Comunidad Educativa aragonesa para trabajar conjuntamente por un problema que no puede esperar más en Aragón.  No podemos permitirnos como sociedad más tiempo en esta situación, porque cada día que pasa se está renunciando a cambiar para bien el futuro de niños y niñas.

Nuestra AMYPA tiene la mano tendida para trabajar contra la segregación escolar en Aragón. Esperamos que desde el Departamento se reflexione sobre los reiterados rechazos judiciales a su postura y, sin negar que medidas como los convenios con los ayuntamientos para detectar el alumnado ACNEAE van en el camino correcto, se decida a actuar en el convencimiento de que la verdadera atención a la diversidad y la igualdad educativa pasa por atender preferentemente a la distribución equitativa del alumnado ACNEAE, sobre la mal llamada libertad de elección de centro. Antes, siempre antes, es el derecho a la educación.
                                                                                                      
                                                                  La AMYPA del CEIP Pío XII de Huesca


Noticia Heraldo de Aragón

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