sábado, 3 de febrero de 2018

PROPUESTAS CONCRETAS EN MATERIA DE ESCOLARIZACIÓN POR UNA ESCUELA INCLUSIVA

Una vez aprobado por parte de la Plataforma de la Escuela Pública de Huesca el "Manifiesto por una Escuela-Escolarización pública inclusiva" en el que se establece como objetivo prioritario el de “impulsar la planificación”, concretándose que se propone modificar los procesos de escolarización, desde la AMYPA del CEIP Pío XII y la AMYPA del IES Lucas Mallada hemos analizado aquellos aspectos regulados en dichos procesos que consideramos afectan de una manera determinante el acceso del alumnado a los centros docentes.

A nuestro juicio, el momento del acceso  inicial - 1º de educación infantil y 1º de ESO-  es especialmente importante, en cuanto que, si se produce de manera irregular o inadecuada,  resulta muy difícil corregir a posteriori las  deficiencias que puedan detectarse,  ya que los alumnos permanecen varios años en el mismo centro.

Por ello consideramos que, en tanto no se haga hincapié en conseguir un proceso de escolarización acorde a la legalidad, que responda a las obligaciones de la administración educativa contenidas en los arts. 84 y 87 de la LOE, en aras de garantizar el acceso a la educación en condiciones de igualdad, no se avanzará en el camino adecuado hacia una escuela verdaderamente inclusiva.

Nuestro análisis  se centra, pues, en el proceso de escolarización, sin perjuicio de que seamos conscientes que la inclusión no se consigue exclusivamente con una escolarización acorde a la ley, pero sí que partimos de la premisa de que otras medidas, sin tener en cuenta el momento del acceso, resultan altamente ineficaces.

Así, consideramos que el primer paso para corregir las deficiencias detectadas en el proceso de escolarización en Aragón es fijar el objetivo final de dicho proceso, que no puede ser otro que “conseguir el equilibrio de todos los centros escolares de una misma localidad”, entendiendo dicho equilibrio como la igualdad en la distribución tanto del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo como del resto del alumnado.

Por tanto, creemos que, cuando se inicia el proceso, debe ponerse especial cuidado en la planificación de los siguientes aspectos:
  • Número de vías (unidades) a ofrecer en 1º de Educación Infantil y 1º de la ESO
  • Número de plazas a reservar para alumnado con previsión de necesidades de apoyo educativo
  • Ratio máxima
  • Revisión periódica de la zonificación

Consideramos incuestionable, tras el análisis de los datos de los procesos de escolarización realizados en Huesca capital durante los últimos años, que la premisa fundamental a respetar es “evitar la sobreoferta de plazas”, ya que si ésta se produce, anula los efectos de cualquier intento de planificación. 

En el siguiente enlace se puede acceder al documento completo que hemos elaborado en el que, además de lo aquí señalado, analizamos los resultados del pasado proceso de escolarización en Huesca, la recientemente anunciada modificación del Decreto de Escolarización, posibilidades de ratio por aula de acuerdo a nacidos en la ciudad y comentamos el cuarto intento del Departamento de Educación de cumplimiento de las sentencias nº 574 y 582 sobre distribución equilibrada de acneaes del que estamos pendientes de que el TSJA se pronuncie en breve.




Atendiendo a todo lo señalado, consideramos que el proceso de escolarización próximo (curso 18/19) debería responder al siguiente resumen:

Acceso a 1º de Educación Infantil y a 1º de la ESO:


  • Nº de plazas a reservar para acneaes = Nº de acneaes detectados / nº de aulas ofertadas.



  • Evitar sobreoferta de plazas totales (plazas para alumnado acneae y ordinario). El sobrante de plazas totales ofertadas en la ciudad deberá ser inferior a la ratio máxima por aula.


Acceso de 2º de Infantil a 6º de Educación Primaria y de 2º a 4º de la ESO:

Bloquear o minorar vacantes de alumnado acneae u ordinario por aula según el siguiente detalle:


  • Si el % de acneaes de un centro supera la media de acneaes de la localidad:


             En más de 3 puntos: bloquear vacantes acneaes en ese centro.

             Hasta 3 puntos: minorar vacantes acneaes en ese centro


  • Si el % de acneaes de un centro no alcanza la media de acneaes de la localidad:


              En más de 3 puntos: bloquear vacantes ordinarias en ese centro

              Hasta 3 puntos: minorar vacantes ordinarias en ese centro


         

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