FAPAR,
Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos, apoya al Colegio Pío
XII de Huesca, tras la sentencia favorable para que los niños y niñas
con necesidades especiales de apoyo educativo sean escolarizados, de
forma proporcional, entre todos los colegios. Sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón que afectará a todos los centros de
Aragón, no solo a la capital oscense. El Pío XII llevaba varios años
luchando por esto, tanto a nivel administrativo como judicial.
Tras el apoyo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, reconociendo que se está vulnerando el derecho a la educación en condiciones de igualdad, desde aquí queremos hacer públicos nuestros argumentos y los de las personas preocupadas por la educación inclusiva que nos hace iguales en la diversidad.
viernes, 30 de diciembre de 2016
miércoles, 28 de diciembre de 2016
LA INCLUSIÓN COMO PRINCIPIO DE EQUIDAD...
...SÓLO SE REFLEJA EN LAS LEYES EDUCATIVAS.
Las trabas organizativas, económicas y políticas hacen que el docente de PT y AL deba redefinirse como especialista en la formación en atención a la diversidad para el resto de docentes.
ESTUDIO SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LA PEDAGOGIA INCLUSIVA EN ESPAÑA
PARTE II
Las trabas organizativas, económicas y políticas hacen que el docente de PT y AL deba redefinirse como especialista en la formación en atención a la diversidad para el resto de docentes.
ESTUDIO SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LA PEDAGOGIA INCLUSIVA EN ESPAÑA
PARTE II
jueves, 22 de diciembre de 2016
PORCENTAJE CONCRETO ACNEAES.
Según el auto judicial de la sentencia...
SENTENCIA
TABLA PORCENTAJES ARAGON
SENTENCIA
..hay que establecer una proporción concreta de ACNEAES (que no de ACNEES) que han de escolarizarse en cada uno de los centros públicos y privados concertados y no solo un porcentaje máximo como hace el departamento.
En el caso del Pío XII debería de ser el 9%, y no el 30% como sostiene la administración, ya que según las tablas de porcentajes, elaborada a partir de la información del Gobierno de Aragón, esa es la media de Huesca.
Poner de limite de ACNEAES en Aragón el porcentaje del colegio que más tiene es una burda forma de solucionar el problema, sería como limitar la velocidad en autovía a 260 km/h que es la velocidad del coche que más corre.
TABLA PORCENTAJES ARAGON
miércoles, 21 de diciembre de 2016
ARTICULO DE OPINIÓN.
El gobierno de Aragón está obligado por la ley y por sentencias judiciales, a evitar la concentración de alumnos con necesidades especiales de atención educativa en algunos centros de enseñanza.
NO ES LO MISMO ACNEE Y ACNEAE
NO ES LO MISMO ACNEE Y ACNEAE
domingo, 11 de diciembre de 2016
LA ASOCIACION DE VECINOS Y VECINAS NOS APOYA.
Con la premisa de...
Nota de prensa publicada en radio Huesca.
ENLACE A LA NOTICIA
Integrar a todos los ciudadanos en una sociedad que se precie de ser igualitaria en oportunidades y posibilidades.
Nota de prensa publicada en radio Huesca.
ENLACE A LA NOTICIA
Ante la noticia
del fallo del TSJA(Tribunal Superior de Justicia de Aragón) desde la
Asociación de Vecinos del Barrio del Perpetuo Socorro reaccionamos con
alegría, pero con cautela, cautela provocada por el conocimiento de la
historia de esta lucha por la escolarización igualitaria en nuestra
ciudad, que se ha visto ninguneada por la administración, la sociedad
oscense y la comunidad educativa de la ciudad a partes iguales.
sábado, 10 de diciembre de 2016
LAS SENTENCIAS DEBEN CUMPLIRSE.
En el enlace esta el audio donde la presidenta del AMYPA Pío XII explica el significado del auto del TSJA, y argumenta que "las sentencias se deben de cumplir" que es el mismo argumento que esgrime la consejera de educación en otros pleitos que mantiene el gobierno de Aragón. Siempre hay que hacer caso al ordenamiento jurídico que nos hemos dado, no sólo cuando nos interesa.
viernes, 9 de diciembre de 2016
OPINION CONSEJERA EDUCACIÓN A PROPÓSITO EJECUCIÓN SENTENCIAS.
Tras escuchar el audio de la opinión de la consejera de educación...
"La sentencia es desconocedora de la norma que ahora esta vigente. En el nuevo proceso de escolarización, hemos recogido que no se produzca desigualdad en el aula"
...y la introducción que hacen de la noticia los medios de comunicación.
Pensamos que no es precisamente el TSJA el que desconoce la norma que incumple el departamento de educación. Para cumplir la ley no basta con repetir consignas para desconcertar a la opinión pública.
miércoles, 7 de diciembre de 2016
INFORME PISA Y DESIGUALDAD.
La brecha entre países pobres y ricos en resultados educativos vuelven a repetirse en el informe PISA de 2015. Los países de la OCDE con mayor PIB per cápita son también, con la excepción de Luxemburgo, los que mejores notas obtuvieron en las pruebas de ciencias, comprensión lectora y matemáticas.
Para el Ejecutivo foral, los buenos resultados conseguidos por los alumnos navarros en la prueba PISA 2015 "evidencian que el sistema educativo de la Comunidad foral conjuga un buen rendimiento con la equidad, ya que hay relativamente pocos estudiantes en los niveles bajos de rendimiento y las puntuaciones medias están o bien por encima de lo esperable o bien en lo esperable, según el índice social, económico y cultural de Navarra".
NAVARRA CONJUGA EQUIDAD Y BUEN RENDIMIENTO ACADEMICO.
Se suele creer que la distinción entre centros públicos y privados es clave para entender los efectos de escuela en España. Los efectos de escuela son aquella parte de los resultados que obtienen los niños dependiendo del centro en el que están escolarizados (o mejor dicho, del centro en el que se les observa en los datos). Pues bien, PISA 2015 sugiere que la distinción entre centros públicos y privados apenas explica un 1,5% de las diferencias en las puntuaciones que los estudiantes de distintas escuelas obtienen en matemáticas o lectura en la muestra española.
Finalmente, una vez más, PISA nos permite ver que la brecha entre centros públicos y privados no se debe tampoco a la mayor presencia de inmigrantes en los primeros. Se puede decir que descontar el peso que tiene la población inmigrante en cada centro no mejora en nada nuestro conocimiento de las razones por las que centros públicos y privados son diferentes entre sí.
En resumen, PISA 2015 ha permitido una vez más confirmar que la peor situación relativa de los centros públicos es básicamente un espejismo debido en gran parte a que las escuelas públicas y privadas tienen distintos tipos de alumnado. Descontar estas diferencias en el estatus socioeconómico de los alumnos reduce la distancia en rendimiento medio por titularidad de centros del 12 al 4%.
viernes, 2 de diciembre de 2016
LA SEGREGACIÓN ESCOLAR EN CATALUÑA.
Tanto la reproducción de la segregación
escolar como la lucha contra este fenómeno
a través de la política educativa están muy
relacionadas con la gestión que realizan
las administraciones del proceso de
admisión de alumnado, que ya ha sido el
objeto de análisis de un primer informe del
Síndic, La segregación escolar en Cataluña (I):
la gestión del proceso de admisión de alumnado
(2016), pero también con las condiciones
de escolarización que los diferentes centros
ofrecen, que es el objeto de análisis de este
segundo informe, La segregación escolar en
Cataluña (II): las condiciones de escolarización
(2016).
Informes muy interesante...(El Justicia podría plantearse algo de calidad y profundidad parecida), a lo que hace nuestra comunidad vecina.
La segregación escolar afecta negativamente
al rendimiento académico global de nuestro
sistema y, además, supone una amenaza
para la cohesión social.
lunes, 28 de noviembre de 2016
viernes, 25 de noviembre de 2016
LA MAGIA DEL VOLUNTARIADO.
Hemos participado en el congreso estatal.
http://voluntariadoaragon2016.es/
En el taller, juntos construimos comunidad educativa.
DOCUMENTO PRESENTADO
http://voluntariadoaragon2016.es/
En el taller, juntos construimos comunidad educativa.
DOCUMENTO PRESENTADO
jueves, 24 de noviembre de 2016
domingo, 20 de noviembre de 2016
viernes, 18 de noviembre de 2016
LOS MEDIOS LOCALES SE HACEN ECO DE LA NOTICIA DE EJECUCIÓN FORZOSA DE LA SENTENCIA.
Se sigue sin poner en práctica la ley, y lo que es peor, sin respetar la igualdad en educación que atenta a la mejora de la calidad del sistema.
Enlace noticia radio huesca
Enlace noticia radio huesca
sábado, 12 de noviembre de 2016
LAS ESCUELAS SEGREGADAS SE CONVIERTEN EN GUARDERIAS.
Interesante artículo de opinión de Inger Enkvist.
Los alumnos no siente la urgencia de antes de estudiar para sobrevivir social y económicamente, y tampoco los padres ven así la situación. Se han difundido teorías permisivas en la educación que dicen que los profesores deben de aceptar que no haya tanta disciplina en clase.
Los intelectuales han machacado a los profesores diciendo que occidente es opresora y su cultura excluyente. El resultado es que los maestros y maestras no exigen un esfuerzo, los alumnos no aprenden y a pesar de ello obtienen el aprobado. Y los políticos no intervienen porque no se sienten seguros de su mandato para intervenir.
Si los alumnos del origen que sea no adquieren en la educación primaria
un vocabulario amplio, unos conocimientos del mundo y una conducta
socialmente aceptable, nunca llegarán a «entrar en el mundo del libro».
Sin conocimientos previos sobre el mundo y sin un vocabulario que vaya más allá de las 500 palabras e incluya las abstractas, los chicos no entienden ni el telediario.
No sólo es que se sientan aislados del resto de la sociedad, es que lo
están. A su vez, eso lleva a que todas las noticias les lleguen de sus
compañeros en el barrio y eso da por resultado una tendencia a juzgar
todo desde la perspectiva del círculo inmediato de amigos y conocidos.
Así pueden crecer Estados dentro del Estado, sociedades paralelas.
jueves, 10 de noviembre de 2016
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON ORDENA LA EJECUCION FORZOSA DE LA SENTENCIA.
Según el auto de 31 de octubre, notificado el 10 de noviembre, se acuerda requerir al Departamento de Educación, Cultura y Deporte
del Gobierno de Aragón, para que en el plazo de UN MES proceda a la
ejecución forzosa de la sentencia, fijando, como se acordó en ella, una
proporción concreta de alumnos con necesidad específica de apoyo
educativo que han de escolarizarse en cada uno de los Centros públicos y
privados concertados, haciéndole saber que, en caso de incumplimiento, y
previo apercibimiento en forma del Letrado de la Administración de
Justicia, con audiencia de las partes:
- Se podrán adoptar las medidas necesarias para lograr su efectividad.
-
Se podrán imponer multas coercitivas de CIENTO CINCUENTA a MIL
QUINIENTOS EUROS a las autoridades, funcionarios o agentes, sin
perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar.
- Se podrá deducir el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.
miércoles, 26 de octubre de 2016
EL SISTEMA HA SUSTITUIDO LA JUSTICIA POR LA CARIDAD (Ken Loach)
ENLACE AL ARTÍCULO
¿ La desigualdad es entonces el gran problema ?
No sólo. Lo curioso es que el sistema se las ha arreglado para
responsabilizar a los pobres de su pobreza. Y les ha persuadido de ello.
Lejos de considerarlos y tratarlos como víctimas, les culpa del
desastre. Eso, creo, es su gran y perverso éxito. De eso se encarga la
burocracia asistencial que se ha construido. Todo es un obstáculo, todo
es una humillación... La dignidad ha dejado de ser un derecho. No es un
accidente, es la propia esencia del sistema.
Esto nos suena a los que defendemos la educación en condiciones de igualdad, también se nos culpa de la situación de nuestros centros educativos. Un artículo para la reflexión de la cruda realidad...(nada es casual, todo tiene su plan prefijado, la configuración de nuestro centro educativo no es espontánea, responde a un plan)
domingo, 16 de octubre de 2016
SOLICITAMOS AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON QUE EJECUTE LA SENTENCIA.
Los informes aportados por el Gobierno de Aragón, lejos de acreditar el cumplimiento, vienen a constatar el incumplimiento continuado del fallo de la sentencia 574 de 28 de Noviembre de 2014 (también la 582).
No se ha fijado, según lo expuesto expresamente por el fallo, " la proporción concreta de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que han de escolarizarse en cada uno de los centros educativos públicos y privados concertados".
Tampoco se han adoptado las medidas que deben acompañar a esta fijación, "para asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades".
Tal y como abundamos en extenso en nuestro escrito en solicitud de ejecución, el reiteradamente citado art. 37.3 del Decreto 30/2016 no da, evidentemente, cumplimiento a las sentencias, y la Orden ECD/281/2016 de 6 de abril de 2016 de escolarización (BOA 8 de abril de 2016) las incumple directamente, y así hasta esta fecha.
Por todo ello hemos solicitado que se disponga la nulidad de la Orden ECD/281/2016 de escolarización, y se acuerde la ejecución forzosa de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón núm. 574, de 28 de noviembre de 2014, por la que se resolvió el recurso contencioso administrativo 448/2011; obligando a la Administración, mediante los medios que la ley habilita, a que la cumpla en sus íntegros términos y en conexión con sus fundamentos de derecho y la finalidad perseguida.
miércoles, 7 de septiembre de 2016
VALORACIÓN INICIO DE CURSO 2016-2017.
La federación aragonesa de madres y padres de alumnos y alumnas ha valorado en nota de prensa el inicio del actual curso escolar. Para ver la noticia completa con la valoración pulsar en el enlace.
Según se desprende de la valoración, sigue sin haber una verdadera planificación por parte de la administración educativa, del proceso de escolarización, se continúa dando respuesta a demandas individuales de determinados padres y madres, evidentemente en contra del interés general y con una falta de visión global enorme. Esta miopía de la administración hace que el derecho a la educación vuelva a quedarse en bonitas palabras en el papel, la realidad es otra...y la sufre la parte más débil del sistema.
martes, 2 de agosto de 2016
DESMONTANDO MITOS SOBRE ESCUELAS PÚBLICAS E INMIGRACIÓN.
Mi niña no irá a un colegio con muchos inmigrantes porque, claro, bajan la media...
Mi niño va a un centro concertado porque los públicos...ya se sabe.
El articulo desmonta estas afirmaciones; " Más propias de la lógica del cuñadismo que de la profundidad analítica que el asunto requiere.
No se puede por tanto decir que la concentración de inmigrantes
perjudique el rendimiento general. El perjuicio viene más bien de la
concentración de alumnado en desventaja socioeconómica y esto es común a
los colegios con más y con menos inmigrantes. No es la inmigración, es
la desigualdad en la distribución de la renta (y otros recursos de los
hogares).
ATENTOS Y ATENTAS A LA FRASE FINAL DEL ARTICULO.
Siempre nos quedará la ideología para rellenar los huecos, la fuerza de la costumbre o asumir el coste de adoptar las intuiciones del líder más valorado en cada momento.
jueves, 21 de julio de 2016
OSCA XXI Pide junta local de seguridad.
La inseguridad avanza, ahora es la federación de asociaciones de vecinos de toda la ciudad la que manifiesta su preocupación por la convivencia.
La desigualdad endémica de Baton Rouge (EEUU).
La desigualdad es causa de inseguridad, avanza en un camino, que leyendo el artículo anterior, ya sabemos su destino. El derecho a la educación en condiciones de igualdad, forma parte de una estrategia global que consigue que veamos estos hechos como lejanos. Pero, si como dicen las asociaciones de vecinos, miramos para otro lado y creemos que el problema no nos afecta, que es de un barrio concreto, acabaremos generando grandes problemas.
miércoles, 6 de julio de 2016
EL REVERSO TENEBROSO....
El
miedo es el camino hacia el lado oscuro. El miedo lleva a la ira, la ira
lleva al odio, el odio lleva al sufrimiento. Percibo mucho miedo en ti.(Yoda a Anakin Skywalker).
El reverso inseparable del derecho a estudiar en tu barrio, es el derecho a no estudiar en tu barrio.
Así es imposible fomentar la diversidad y la riqueza intercultural desde la infancia, para evitar la separación y el prejuicio, antesala del conflicto.
En esta foto se puede leer la interesante carta al director enviada a la prensa local.
domingo, 29 de mayo de 2016
LA REALIDAD SUPERA LA FICCIÓN.
Con este titular, la asociación de vecinos del barrio donde se encuentra nuestro centro educativo, quiere poner de manifiesto que el problema de deterioro social de la zona donde vivimos, puede extenderse. Ante la falta de implicación de nuestros gobernantes (que siempre están analizando y estudiando). Utilizando para ello el ejemplo de la serie "The Wire".
¿Casualidad? En Febrero del año pasado, en este blog también utilizábamos la serie que cita la asociación de vecinos.
Estamos de acuerdo con la asociación de vecinos, el tiempo pasa, nuestros gobernantes están analizando y estudiando algo de lo que ya sabemos las conclusiones, no quieren aceptarlas, pero no van a encontrar otra realidad diferente, le volvemos a recomendar la serie.
sábado, 21 de mayo de 2016
NORMALIZAR LOS ACNEAES ?
La administración educativa aragonesa, ha descubierto como hacer para que el porcentaje de ACNEAES por centro educativo no supere en ningún caso el 30%, reflejado en la orden de escolarización ECD 281/2016 de 6 de Abril, no les ha parecido suficiente con establecer un porcentaje tan amplio, únicamente tres centros de Aragón lo superan. Y por ello ha dado las instrucciones oportunas a los equipos de orientación para que normalicen la situación.
INSTRUCCIONES NORMALIZACIÓN
INSTRUCCIONES NORMALIZACIÓN
Como se puede comprobar parece ser que el objetivo de la normalización es "dar de baja" el máximo número de ACNEAS posible. La solución de la administración educativa consiste en que se conviertan en invisibles, ya que son "fuentes de problemas".
Existe una gran distancia entre lo que la administración declara y lo que se legisla, así como también entre el mandato
de la ley y su aplicación práctica. Podemos encontrar un buen
ejemplo en la puesta en práctica de medidas de atención a la
diversidad. Las medidas de
atención a la diversidad en educación se basan en un proyecto
político que reclama la búsqueda de la equidad social; la idea
original es dar un tratamiento educativo específico a los
estudiantes desfavorecidos para compensar sus “carencias” y
lograr así una igualdad de oportunidades real para todos los
estudiantes. Sin embargo, las medidas de atención a la diversidad
conducen en la práctica a la creación de aulas “especiales” y
colegios “especiales” en las que se agrupa y segrega a los
estudiantes llamados conflictivos o con bajo nivel académico, en las
que las expectativas y el nivel académico se reduce, y que acaban
por hacer más profunda la distancia entre éstos y los estudiantes
“estándar”.
Y si como es el caso que nos ocupa, la situación se complica para la administración porque unas madres y padres deciden alzar la voz y recurrir las órdenes de escolarización aragonesa de los cursos 11-12 y 12-13 porque creen que vulneran el derecho de todos y todas a la educación en condiciones de igualdad y además en el año 2014 el TSJA les daba la razón. Parece ser que la administración intenta hacer todo lo posible por INVISIBILIZAR las necesidades de apoyo reales y no articular el procedimiento que permita garantizar los derechos de todos y todas los alumnos y alumnas, incumpliendo el mandato legal que le impone el TSJA en las sentencias nº 574 y 582.
jueves, 12 de mayo de 2016
CONTESTACIÓN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA. APLICACIÓN SENTENCIAS.
Habiendo finalizado el pasado 7 de Marzo el plazo para la ejecución de las sentencias del tribunal superior de justicia de Aragón números 574 y 582, y desconociendo que se haya dictado ningún acto administrativo ni resolución para ejecutarlas. Esta asociación de madres y padres se dirige a la administración para que que informe sobre los tramites realizados. En el enlace siguiente se puede consultar la respuesta de la administración.
ESCRITO CONTESTACIÓN ADMINISTRACIÓN.
En definitiva dice que va a reducir la ratio de los centros en desventaja, lo dice reiteradamente, medida que al inicio de la escolarización va evidentemente en contra, de facilitar la entrada de alumnado que no esté en desventaja. Y que no hace sino cimentar y permitir este tipo de centros. Justificando su existencia.
Permitir la escolarización en 2 años. Proyecto que a día de hoy no está muy claro su forma de poner en práctica y que es dudosa su efectividad en lo referente al beneficio que puede producir en los centros en desventaja.
Establecer el 30% como límite de ACNEAES por centro educativo, basándose en un informe del justicia de Aragón.
ESCRITO JUSTICIA DE ARAGON 30%
ESCRITO JUSTICIA DE ARAGON 30%
miércoles, 27 de abril de 2016
¿ES LO MISMO ACNEE Y ACNEAE?
Aunque suene parecido, no es el mismo, y esta confusión terminológica, normal por otro lado, tiene fácil explicación.
Vamos
a explicar la
diferencia
entre ACNEAE y ACNEE,
es decir entre alumnado
con necesidad específica de apoyo educativo
(ACNEAE) y alumnado
con necesidades educativas especiales
(ACNEE).
ACNEAE
y ACNEE, son
dos conceptos que provienen de la LOE,
en sus artículos 71 a 79 bis, y que han sido modificados en parte
por la LOMCE,
en el apartado 57.
Los
ACNEAE,
son las siglas que corresponden a alumno con necesidad específica de
apoyo educativo. La LOMCE definía a este alumnado como aquel
que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria,
por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades
específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades
intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o
por condiciones personales o historia escolar.
Los
profesionales responsables de la orientación
son los que deben detectar esas necesidades específicas de apoyo
educativo, y dejar constancia de ello en un informe de evaluación
psicopedagógica.
Por
su parte, los ACNEE, son los alumnos
con necesidades educativas especiales.
La LOE, en su artículo 73, los define como aquel alumno que
requiera, en un periodo de su escolarización o a lo largo de toda
ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas
derivadas
de discapacidad o trastornos graves de la conducta.
La
normativa, establece que para que un alumno sea considerado como
ACNEE, necesita un informe de evaluación psicopedagógica y además
un dictamen
de escolarización
elaborado por los profesionales los responsables de la orientación,
que establecen la presencia de necesidades educativas especiales y la
modalidad de escolarización
más adecuada para ese alumno. Las modalidades de escolarización
pueden ser: escolarización en centro ordinario, en centro de
educación
especial,
o una escolarización combinada entre ambos.
Los ACNEE son una categoría
incluida dentro de los ACNEAE. Se puede decir que todos los ACNEE,
son ACNEAE, pero no todos los ACNEAE, son ACNEE. Ambos tienen en
común que precisan
una respuesta diferente a la ordinaria,
y precisan de un informe de evaluación psicopedagógica previo.
Las diferencias entre ambas categorías son las siguientes:
1º.
Los ACNEE requieren, además del informe de evaluación
psicopedagógica, de un dictamen
de escolarización.
2º.
Los ACNEE, pueden escolarizarse en centros de educación especial, en
escolarización combinada o en centros ordinarios, mientras que el
resto de ACNEAE se escolarizan en centros ordinarios.
3º.
Otra diferencia entre ACNEAE y ACNEE se refiere a la evaluación. Los
alumnos con necesidades educativas especiales (ACNEE) suelen cursar
un curriculum o programa educativo diferente al ordinario, donde se
suprimen contenidos y criterios de evaluación, y en algunos casos,
se añaden contenidos y criterios de evaluación diferentes. Ese
currículo distinto que cursan los ACNEE se llama Adaptación
Curricular Individualizada Significativa,
ACI. El resto de ACNEAE, tienen como referencia los contenidos y
criterios de evaluación del nivel en el que se encuentran. Para el
ACNEE la referencia para la evaluación es su adaptación curricular
individualizada, mientras que para el resto de ACNEAE, la referencia
para la evaluación son los contenidos y criterios de evaluación del
nivel en el que se encuentra.
4º.
La
decisión de promocionar o no de curso
se adopta en el caso del ACNEE, cuando se considera beneficioso para
su integración social o cuando su permanencia un año más garantiza
la consecución de los objetivos generales de la etapa en la que se
encuentra. En el resto de ACNEAE, la decisión de promoción o no
tiene los mismos criterios que para el resto del alumnado.
5º.
Igualmente, la
dotación de recursos de apoyo especializado,
por tanto de maestros especialistas de Pedagogía Terapéutica, de
Audición y Lenguaje, de Auxiliares Técnicos Educativos, depende del
número de ACNEE que haya en escolarizados en el centro.
Para ampliar información ver la normativa aragonesa en el siguiente enlace.
Para ampliar información ver la normativa aragonesa en el siguiente enlace.
domingo, 24 de abril de 2016
PROCESO ESCOLARIZACIÓN ALUMNOS/AS.
Los números vuelven a reflejar la realidad, que algunas personas se obstinan en negar con argumentos falaces que en alguna ocasión rayan la descalificación y el insulto. Tras consultar el número de solicitudes por centro, en el enlace siguiente.
SOLICITUDES PRIMERO INFANTIL
El resumen del resultado es....
Primera evidencia; como siempre las solicitudes son inferiores a la previsión. De allí la propuesta de que la ratio hay que ponerla a la baja.
Segunda evidencia; la enseñanza concertada completa sus plazas, a pesar de cuantas unidades se abran en la enseñanza pública. Lo cual anula la falacia de que "Las propuestas de FAPAR benefician a la enseñanza concertada".
Tercera evidencia; De nuevo se mantiene la dinámica de tener unos centros educativos de la enseñanza pública llenos y demandados y otros vacíos y con poca demanda. Los proyectos magnet no sirven para aumentar la demanda.
Conclusiones; el diseño y puesta en práctica de este proceso de escolarización, es un fuerte golpe a la educación para todos y todas en condiciones de igualdad. Ahonda la brecha de distribución poblacional entre centros educativos...y profundiza en el ideal de escuela segregadora.
viernes, 15 de abril de 2016
COMISIÓN GARANTÍAS ESCOLARIZACIÓN HUESCA.
Celebrada en la mañana del martes 12 de Abril, en la Dirección Provincial de Educación de Huesca, arroja un desarrollo sorprendente y una toma de decisiones difíciles de asumir, en el actual contexto educativo.
En el enlace, el documento que la administración educativa presentó para el trabajo y las posteriores decisiones de la comisión.
Si se consulta el documento citado, la zona que más número de niños y niñas tiene en el padrón municipal, y que por lo tanto van a necesitar y utilizar en este caso los recursos educativos de su barrio es la 5 del centro PIO XII con 97 niños y niñas.
Sometida a votación, si la tercera vía de un centro educativo público se abre en la zona 6 (Juan XIII) con 67 niños y niñas o en la zona 5 (Pio XII) con 97....La votación decide que se abre en la zona 6, con el apoyo de la administración y la parte social (sindicatos educativos).
Todo ello muy de acuerdo con la reciente normativa que regula la escolarización.
DECRETO ESCOLARIZACION
Que dice textualmente "Uno de los criterios prioritarios de escolarización es el de proximidad al domicilio, favoreciendo la escolarización en el entorno del domicilio habitual del alumno con las ventajas de socialización e integración social que de ello se deriva."
Esta decisión deja con muy pocas plazas escolares a los niños y niñas de la zona 5.
Siguiente decisión difícil de asumir, que también apoyan la administración educativa y la parte social. Mantener la ratio en 22 alumnos....
el decreto dice textualmente "Este nuevo decreto pretende favorecer la disminución progresiva de las ratios de alumnos por aula en el conjunto de centros de educación infantil". Tener la oportunidad de bajar la ratio...y desaprovecharla es difícilmente justificable desde el punto de vista de la calidad educativa.
Estas decisiones retratan la apuesta por un tipo de escuela pública segregadora, vulnerando el derecho a la educación en condiciones de igualdad.
Todo ello muy de acuerdo con la reciente normativa que regula la escolarización.
DECRETO ESCOLARIZACION
Que dice textualmente "Uno de los criterios prioritarios de escolarización es el de proximidad al domicilio, favoreciendo la escolarización en el entorno del domicilio habitual del alumno con las ventajas de socialización e integración social que de ello se deriva."
Esta decisión deja con muy pocas plazas escolares a los niños y niñas de la zona 5.
Siguiente decisión difícil de asumir, que también apoyan la administración educativa y la parte social. Mantener la ratio en 22 alumnos....
el decreto dice textualmente "Este nuevo decreto pretende favorecer la disminución progresiva de las ratios de alumnos por aula en el conjunto de centros de educación infantil". Tener la oportunidad de bajar la ratio...y desaprovecharla es difícilmente justificable desde el punto de vista de la calidad educativa.
Estas decisiones retratan la apuesta por un tipo de escuela pública segregadora, vulnerando el derecho a la educación en condiciones de igualdad.
sábado, 2 de abril de 2016
DECRETO 30/2016 DE 22 MARZO
Se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón (número 62) 1 de abril de 2016, el decreto por el que se regula la escolarización de alumnos en los centros docentes de Aragón.
Desde este foro venimos reiterando la importancia que tiene dicha normativa y su aplicación, para la defensa del derecho a la educación en condiciones de igualdad. Esta ha sido nuestra linea de trabajo, no solo bonitas palabras que en ocasiones enmascaran la realidad, sino hechos que defiendan realmente una educación de calidad para la diversidad de nuestras escuelas. En anteriores entradas...
...hemos dado nuestra opinión, juzguen ustedes el resultado, a la vista de lo publicado.
jueves, 24 de marzo de 2016
FAPAR PLANTEA MEDIDAS CONCRETAS PARA LA ESCOLARIZACIÓN.
La federación presentó en el último consejo municipal una propuesta que suscribió la mayoría.
1º.- Ajustar la ratio a la población existente, y siempre a la
baja.
2º.- Iniciar proceso de información y acompañamiento desde la
Dirección Provincial a las familias de las zonas de la ciudad de los
colegios con menor demanda, para conseguir que el centro solicitado mayoritariamente sea el más cercano al domicilio familiar.
3º.- Garantizar, en el supuesto de que del proceso de
escolarización resulte inevitable la asignación de un centro que
diste más de un kilómetro al domicilio familiar, transporte
gratuito.
4º.- Creación del equipo de análisis y valoración en la ciudad
de Huesca, en colaboración con el Ayuntamiento, para la detección
precoz de alumnado con necesidad de apoyo educativo, al objeto de
fijar el número de plazas en cada centro por alumnos acneaes.
Actualmente hay
un elevado porcentaje de familias que no solicitan los centros más
cercanos al domicilio familiar y ello repercute de manera importante
en el proceso de escolarización puesto que dificulta la
planificación. Desde la Junta provincial de FAPAR, que considera que todos
los centros públicos a los que representan deben tener las mismas
características y, por ello, garantías para las familias, debería de existir un proceso de información y acompañamiento.
jueves, 3 de marzo de 2016
CONTESTACION ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DECRETO
Escueto y claro. NO PROCEDEN NUESTRAS CONSIDERACIONES...
ESCRITO CONTESTACIONES
...aunque igual se cambia alguna frase.
ESCRITO CONTESTACIONES
...aunque igual se cambia alguna frase.
domingo, 14 de febrero de 2016
INFORMACIÓN PÚBLICA DECRETO ESCOLARIZACIÓN.
Se somete a información pública el nuevo decreto de escolarización de Aragón.
Resolución dirección general.
Proyecto Decreto
ALEGACIONES ASOCIACION MADRES Y PADRES
LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DICE;
Resolución dirección general.
Proyecto Decreto
ALEGACIONES ASOCIACION MADRES Y PADRES
LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DICE;
“No
se pretende sin embargo una sustitución radical de la normativa que
hasta ahora ha venido regulando la escolarización en el ámbito de
la Comunidad Autónoma, sino que poniendo en valor la regulación
anterior se pretende en lo sustancial una continuidad de la misma
con las pertinentes modificaciones que permitan introducir
aquellas cuestiones y adaptaciones que se considera pueden suponer
una mejora en el proceso de escolarización para asegurar que el
acceso al sistema educativo goce de la mayor transparencia, eficacia
y eficiencia posible, conjugando la libertad de elección de centro
de las familias, la escolarización de todo el alumnado en
condiciones de igualdad y la calidad educativa, incidiéndose desde
un punto de vista forma en la idea de agrupar la normativa general a
tener en cuenta en esta materia en una única norma. En
consecuencia, en este nuevo decreto se ha mantenido prácticamente en
su totalidad el del año 2007, ya que a lo largo de estos años ha
regulado de manera satisfactoria los procesos de escolarización.”
NUESTRA OPINIÓN ES QUE;
Esta
visión amable choca con la existencia de alrededor de cuarenta
centros en desventaja en la Comunidad Autónoma, por alta
concentración de alumnado con necesidad de apoyo educativo, cuyas
circunstancias no deberían ser las actuales,si los procesos de
escolarización de los ejercicios anteriores hubiesen sido realmente
eficaces, habiéndose, incluso, anulado judicialmente dos órdenes de
escolarización amparadas en la regulación anterior.
domingo, 10 de enero de 2016
UNA RÁPIDA OJEADA A LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL....
.....sobre escolarización equilibrada y detección de ACNEAEs que puede ayudar algo y dar posibilidades de actuación
para la aplicación en Aragón de las sentencias del TSJA.
Cataluña
Baleares
Inca (Baleares)
Andalucía
Tudela (Navarra)
Surgen conceptos interesantes como...
- El porcentaje máximo de ACNEAEs que se aplica en el decreto de Baleares.
- La inclusión de la colaboración entre el Departamento de educación y los Ayuntamientos en el decreto de Cataluña muy en la línea de lo que se ha hecho en Olot y esos ocho municipios catalanes mediante la creación de Oficinas de escolarización y Comisiones de escolarización. Así como la coordinación interadministrativa para la escolarización de ACNEAEs en el Decreto andaluz.
- La acreditación de necesidades de apoyo mediante informe de los Servicios Sociales para reserva de plazas en Andalucía.
- La concesión de transporte gratis en el caso de desplazamiento de alumnado a otra zona diferentes a la suya en el Decreto de Baleares.
- La inclusión en las Comisiones de garantías de personal de los Equipos de orientación en los tres decretos.
- La necesidad de distribución equilibrad de ACNEAEs en los tres decretos
- El no aumento de unidades mientras existan vacantes en los centros en las Instrucciones para la escolarización de este curso 15/16 en Andalucía.
- La reserva de dos plazas durante todo el curso escolar para ACNEAEs en Tudela con el consentimiento del Departamento de educación y el acuerdo de una distribución equilibrada de este alumnado mediante pacto de todos los grupos políticos que dio lugar a una Resolución de la Inspección educativa.
- El Convenio de escolarización firmado este mes en la ciudad de Inca entre el Departamento de educación, el Ayuntamiento y todos los centros para una distribución equilibrada de ACNEAEs (lo hacían principalmente por razones de incorporación tardía y lengua, aunque habla claramente de necesidades de apoyo educativo y además desde tres años).
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